Ley prohíbe el sacrificio de animales de compañía
La normativa vigente otorgaba la posibilidad de sacrificar perros y gatos hallados en la vía pública, en estado de abandono, si no eran reclamados por sus propietarios responsables. Ahora esta ha sido derogada y reemplazada por una ley que sancionó a fines de agosto pasado la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.
La ley deroga artículos e incisos de Ordenanzas y Decretos (inciso c) del art. 7º y el art. 33º de la Ordenanza Nº 41831/CD/87 y el inciso c) del art. 2º del Decreto Nº 7322/MCBA/88) que adoptan como criterio de posibilidad la muerte de perros y gatos hallados en la vía pública si no son reclamados por sus tenedores responsables luego de tres días a partir de su captura.
La norma también declara a Buenos Aires “Ciudad de Tenencia Responsable de animales domésticos de compañia” promoviendo la convivencia armónica de las personas con los animales domésticos, dentro de una concepción de respeto por la vida y de control de la natalidad de los mismos. “Las ciudades que instrumentaron programas preventivos hace varios años, a partir de implementar la educación para la salud y la tenencia responsable de mascotas redujeron sensiblemente la población de animales callejeros y mejoraron el trato ético hacia los mismos”, afirman los fundamentos.
El proyecto presentado por el diputado Edgardo Form (NE) tuvo dictamen favorable de la Comisión asesora de Salud y fue aprobado con 58 votos positivos. “Es necesario considerar la esterilización como una cuestión referida a la salud pública, que debe ser garantizada por el Estado, con el fin de controlar la natalidad y regular sanitariamente al animal callejero sin recurrir a sacrificarlo”, sostuvo el autor de la iniciativa.